El revuelo que ha causado la píldora del día después ha sido enorme.
Parlamentarios de La Alianza (conglomerado de derecha) interpusieron una demanda ante el Tribunal Constitucional de Chile, respecto a que la píldora amenazaba el principio constitucional de la protección de la vida.
Parlamentarios de La Alianza (conglomerado de derecha) interpusieron una demanda ante el Tribunal Constitucional de Chile, respecto a que la píldora amenazaba el principio constitucional de la protección de la vida.
Personalmente considero que incluso el legislar respecto a este tema, es el equivalente a intentar legislar si el Tarot es mejor que leer las lineas de las manos.
Aguanten, que es medio largo, pero se lee en menos de lo que dura en comercial.
Apreciaría comentarios con base solidas. Los ataques personales los dejaré puestos, pero temo que solo serían perjudiciales para quienes las emiten. Humillese bajo su propia responsabilidad.
Nota: Si descubren faltas de horrortografía, me lo indican por favor. Esto lo escribí en un teclado de 5x10 cm.
Vamos a partir por algo simple. Definamos vida según los diferentes actores del mundo actual.
Ciencia:
La ciencia que estudia los "seres vivos", como nos contaban en el colegio, es la biología. Aún cuando no es técnicamente una ciencia, no entrega una linea divisoria entre que está o no está vivo, de hecho, tiene inconsistencias tales como el caso de los Virus, pues estos no están ni vivos ni muertos, según la biología. Al evolucionar nuestro conocimiento, nació la química orgánica, que define cuales son los materiales que "deberían" contener "algo" para ser considerado un "ser vivo". Aún así, un ser humano vivo y otro muerto, químicamente son idénticos, por lo que tampoco entrega una forma de determinar que está o no vivo.
El consenso general es que "algo" está vivo, si está compuesto de moléculas orgánicas, células nucleadas, con ADN y tiene la capacidad de reproducción, ya sea sexual o asexual.
Religión católica:
Aún cuando la religión no establece un criterio para determinar "vida", se basa más en conceptos tales como "si se mueve y reproduce, está vivo.". Esto también dejaría en calidad de vivo a los cristales de sal. Sin embargo, hace una aclaración de que solo el ser humano está provisto de alma.
Ley:
La ley, al menos en Chile, solo establece la forma de determinar el instante de fallecimiento. Este es determinado por un médico colegiado, basándose en la actividad cerebral del individuo. Ausencia de actividad cerebral es causa de fallecimiento. Con anterioridad a las capacidades de detectar dicha actividad cerebral, se recurría al latido cardíaco, pero se ha logrado recuperar a pacientes ante paro cardíaco, por lo que, considerando la muerte una condición irreversible, fue desechado en favor al concepto de actividad cerebral. Esto es lo que se conoce como "clínicamente muerto". Cabe notar que puede mantenerse en función el resto de los órganos por medios externos, siendo principalmente para conservar órganos para trasplantes.
Viendo lo anterior, veamos como se implementarían las diferentes formas de interpretar vida constitucionalmente.
Según la ciencia:
Estaría prohibida la tala de árboles, la pesca, agricultura, ganadería, e incluso los antibióticos, pues todos atentan contra células, organismos que según la ciencia, están vivos.
Religión católica:
Practicamente idéntico a la ciencia, más aún considerando que la religión considera a toda creación de Dios, hermanos del hombre, por lo que sería incluso violencia intrafamiliar.
Ley:
Al usar el concepto de actividad cerebral, se excluyen las plantas, microbios, bacterias, y ciertos invertebrados.
Un cien pies, por ejemplo, caería en un punto muerto ya que tiene un cerebro por cada par de patas.
Ahora, asumiendo que la constitución hace referencia a la vida en seres humanos, visitemos estos conceptos nuevamente.
Ciencia:
No hace referencia de que es la vida ni establece el punto de partida de la vida para el ser humano, pues solo la considera un conjunto de reacciones orgánicas, las mismas que ocurren en la Nebulosa del Águila.
Religión católica:
Aquí hay un punto de discrepancia, pues declara el ser humano vivo desde el instante de concepción, pero agrega que es también el instante en que se implanta el alma indivisible. Claro que la religión no considera el caso de los gemelos idénticos, pues la división celular que crea este par de individuos ocurre muy posterior a la concepción, dejando de hecho a uno de estos individuos sin alma. La religión islámica, por ser mas inquisitiva e investigativa que la católica, establece que el alma se implanta aproximadamente en la tercera semana, periodo más que necesario para crear gemelos idénticos.
Ley:
Acá hay un punto que destacar. Si la ley establece la muerte como ausencia de actividad cerebral, y un ser humano puede estar legalmente vivo o muerto, es coherente con la ley el interpretar que un ser humano puede solo estar vivo o muerto, y que está vivo siempre y cuando tenga actividad cerebral.
Acá no intento establecer una opinión. Solo planteo hechos, hechos que no cabe interpretar. Esto no es un punto de vista, opinión, consideración o similar. Este es un análisis y conclusión basado en hechos no interpretativos. Al igual que no es una opinión que 2+2=4 para un sistema numérico en base 10.
La conclusión es:
La constitución expresamente separa el estado de la iglesia, por lo que cualquiera interpretación religiosa de "vida" no puede ser considerada.
La ciencia solo utiliza la palabra "vida" como un alias para "reacciones orgánicas en células con ADN con capacidad de reproducción sexual o asexual.", pero no en el aspecto de un estado de conciencia de si mismo.
La ley ya establece el limite entre vida y muerte en base a actividad cerebral. Siendo solo estas dos condiciones mutuamente excluyentes, y su definición dada por dicha actividad, se concluye que un ser humano está legalmente vivo solo cuando el sistema nervioso del feto comienza a emitir dicha actividad. Esta formación solo comienza el día de gestación numero 14, aún cuando la actividad cerebral solo puede detectarse muy posteriormente. Ante lo expuesto, la píldora del día después, no tiene capacidad alguna para extinguir una vida humana.
Nota:
La discusión jamás ha sido respecto a si la píldora es o no abortiva. La discusión es respecto a si destruye una vida.
Aborto es un término general utilizado respecto a la interrupción de un proceso, no siendo especifico a la vida.
Abortus: Terminar un proceso en forma prematura.
Vamos a partir por algo simple. Definamos vida según los diferentes actores del mundo actual.
Ciencia:
La ciencia que estudia los "seres vivos", como nos contaban en el colegio, es la biología. Aún cuando no es técnicamente una ciencia, no entrega una linea divisoria entre que está o no está vivo, de hecho, tiene inconsistencias tales como el caso de los Virus, pues estos no están ni vivos ni muertos, según la biología. Al evolucionar nuestro conocimiento, nació la química orgánica, que define cuales son los materiales que "deberían" contener "algo" para ser considerado un "ser vivo". Aún así, un ser humano vivo y otro muerto, químicamente son idénticos, por lo que tampoco entrega una forma de determinar que está o no vivo.
El consenso general es que "algo" está vivo, si está compuesto de moléculas orgánicas, células nucleadas, con ADN y tiene la capacidad de reproducción, ya sea sexual o asexual.
Religión católica:
Aún cuando la religión no establece un criterio para determinar "vida", se basa más en conceptos tales como "si se mueve y reproduce, está vivo.". Esto también dejaría en calidad de vivo a los cristales de sal. Sin embargo, hace una aclaración de que solo el ser humano está provisto de alma.
Ley:
La ley, al menos en Chile, solo establece la forma de determinar el instante de fallecimiento. Este es determinado por un médico colegiado, basándose en la actividad cerebral del individuo. Ausencia de actividad cerebral es causa de fallecimiento. Con anterioridad a las capacidades de detectar dicha actividad cerebral, se recurría al latido cardíaco, pero se ha logrado recuperar a pacientes ante paro cardíaco, por lo que, considerando la muerte una condición irreversible, fue desechado en favor al concepto de actividad cerebral. Esto es lo que se conoce como "clínicamente muerto". Cabe notar que puede mantenerse en función el resto de los órganos por medios externos, siendo principalmente para conservar órganos para trasplantes.
Viendo lo anterior, veamos como se implementarían las diferentes formas de interpretar vida constitucionalmente.
Según la ciencia:
Estaría prohibida la tala de árboles, la pesca, agricultura, ganadería, e incluso los antibióticos, pues todos atentan contra células, organismos que según la ciencia, están vivos.
Religión católica:
Practicamente idéntico a la ciencia, más aún considerando que la religión considera a toda creación de Dios, hermanos del hombre, por lo que sería incluso violencia intrafamiliar.
Ley:
Al usar el concepto de actividad cerebral, se excluyen las plantas, microbios, bacterias, y ciertos invertebrados.
Un cien pies, por ejemplo, caería en un punto muerto ya que tiene un cerebro por cada par de patas.
Ahora, asumiendo que la constitución hace referencia a la vida en seres humanos, visitemos estos conceptos nuevamente.
Ciencia:
No hace referencia de que es la vida ni establece el punto de partida de la vida para el ser humano, pues solo la considera un conjunto de reacciones orgánicas, las mismas que ocurren en la Nebulosa del Águila.
Religión católica:
Aquí hay un punto de discrepancia, pues declara el ser humano vivo desde el instante de concepción, pero agrega que es también el instante en que se implanta el alma indivisible. Claro que la religión no considera el caso de los gemelos idénticos, pues la división celular que crea este par de individuos ocurre muy posterior a la concepción, dejando de hecho a uno de estos individuos sin alma. La religión islámica, por ser mas inquisitiva e investigativa que la católica, establece que el alma se implanta aproximadamente en la tercera semana, periodo más que necesario para crear gemelos idénticos.
Ley:
Acá hay un punto que destacar. Si la ley establece la muerte como ausencia de actividad cerebral, y un ser humano puede estar legalmente vivo o muerto, es coherente con la ley el interpretar que un ser humano puede solo estar vivo o muerto, y que está vivo siempre y cuando tenga actividad cerebral.
Acá no intento establecer una opinión. Solo planteo hechos, hechos que no cabe interpretar. Esto no es un punto de vista, opinión, consideración o similar. Este es un análisis y conclusión basado en hechos no interpretativos. Al igual que no es una opinión que 2+2=4 para un sistema numérico en base 10.
La conclusión es:
La constitución expresamente separa el estado de la iglesia, por lo que cualquiera interpretación religiosa de "vida" no puede ser considerada.
La ciencia solo utiliza la palabra "vida" como un alias para "reacciones orgánicas en células con ADN con capacidad de reproducción sexual o asexual.", pero no en el aspecto de un estado de conciencia de si mismo.
La ley ya establece el limite entre vida y muerte en base a actividad cerebral. Siendo solo estas dos condiciones mutuamente excluyentes, y su definición dada por dicha actividad, se concluye que un ser humano está legalmente vivo solo cuando el sistema nervioso del feto comienza a emitir dicha actividad. Esta formación solo comienza el día de gestación numero 14, aún cuando la actividad cerebral solo puede detectarse muy posteriormente. Ante lo expuesto, la píldora del día después, no tiene capacidad alguna para extinguir una vida humana.
Nota:
La discusión jamás ha sido respecto a si la píldora es o no abortiva. La discusión es respecto a si destruye una vida.
Aborto es un término general utilizado respecto a la interrupción de un proceso, no siendo especifico a la vida.
Abortus: Terminar un proceso en forma prematura.
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